Cumplir con el reporte de residuos sólidos es una obligación legal crítica para las empresas en el Perú. Más allá de la buena práctica ambiental, reportar información precisa sobre plazos, requisitos y cumplir con las declaraciones ante el SIGERSOL evita sanciones graves. En este artículo, detallamos todo lo que necesitas saber para mantener tu gestión al día y evitar multas por incumplimiento.
El SIGERSOL se posiciona como el eje central del sistema de información sobre residuos sólidos en el país, ya que articula a municipalidades, empresas privadas, operadores de residuos y entidades fiscalizadoras en un solo sistema. Esta integración permite generar información clave que contribuye a la toma de decisiones y al fortalecimiento de la política ambiental a nivel nacional.
¿Qué es SIGERSOL?
El Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) es una plataforma del Ministerio del Ambiente del Perú, diseñada para la gestión de residuos sólidos generados por entidades municipales y no municipales, en la cual se registra y procesa toda la información relacionada con estos residuos.
El reporte de residuos sólidos a través del SIGERSOL No Municipal es obligatorio para las empresas generadoras y operadoras de residuos sólidos. Esta medida fue implementada en julio de 2020, con el objetivo de facilitar el registro y procesamiento de información sobre el manejo de estos residuos, así como el acceso a dicha información por parte de las autoridades competentes para su fiscalización.
¿Quiénes están obligados a reportar?
De acuerdo con el numeral 48.2 del artículo 48 del Decreto Supremo N.° 001-2022-MINAM, que aprueba la modificación del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, los generadores de residuos sólidos no municipales que están obligados a contar con un Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos No Municipales, así como los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Plazos de presentación del Reporte de residuos sólidos
Existen dos documentos principales con fechas de presentación diferenciadas:
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Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos:
Los generadores de residuos sólidos del ámbito no municipal que cuenten con un Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) deben registrar, a través del SIGERSOL, la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos No Municipales del año anterior, durante los primeros 15 días hábiles de abril de cada año.
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Manifiestos de Residuos Sólidos Peligrosos:
El Manifiesto de Residuos Sólidos Peligrosos debe ser reportado durante los primeros 15 días hábiles al inicio de cada trimestre, de acuerdo con el cronograma publicado en la plataforma SIGERSOL y lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Decreto Supremo N.° 014-2017-MINAM).
Esto implica que los plazos trimestrales del año se distribuyen aproximadamente de la siguiente manera:
- 1.er trimestre (enero – marzo): primeros 15 días hábiles de abril
- 2.º trimestre (abril – junio): primeros 15 días hábiles de julio
- 3.er trimestre (julio – septiembre): primeros 15 días hábiles de octubre
- 4.º trimestre (octubre – diciembre): primeros 15 días hábiles de enero
Consecuencias del incumplimiento del Reporte de residuos sólidos
El incumplimiento en el reporte al SIGERSOL de las declaraciones anuales y de los manifiestos de residuos sólidos peligrosos por parte de las empresas generadoras y operadoras puede generar la imposición de sanciones por parte del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Estas sanciones pueden ir desde una amonestación hasta multas que pueden alcanzar las 3 UIT, conforme a lo establecido en el artículo 135° del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Nota importante:
Es común pensar que presentar la Declaración Anual es suficiente; sin embargo, esto no es correcto. La Declaración Anual y los Manifiestos de Residuos Sólidos Peligrosos son obligaciones independientes que deben cumplirse de manera obligatoria.
La Declaración Anual permite reportar de forma consolidada la gestión de residuos durante todo el año, mientras que los manifiestos registran de manera periódica el movimiento de residuos peligrosos. Por ello, cumplir con uno no reemplaza ni exime del otro.
En consecuencia, todos los generadores obligados deben asegurarse de presentar ambos reportes dentro de los plazos establecidos, evitando así observaciones o incumplimientos ante la normativa vigente.
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Referencias:
Ministerio del Ambiente. (s. f.). SIGERSOL no municipal. https://site2.minam.gob.pe/sigersol-no-municipal
Ministerio del Ambiente. (2022). Decreto Supremo N.° 002-2022-MINAM.
